NUESTRA ÁREA DE CONCESIÓN
Desde 1969 CEPRAL distribuye el servicio eléctrico, sumando esfuerzos para acompañar e impulsar el desarrollo de nuestra comunidad. A la fecha brinda el servicio a unos siete mil usuarios en diferentes localidades como Parada Robles, Pavón, Etchegoyen y zonas aledañas.
Su objetivo es trabajar en pos de «Continuar brindando una amplia gama de servicios de última generación, acorde a las necesidades de una comunidad en continuo crecimiento…»
La siguiente imagen a la derecha, muestra el área de concesión:
PASOS PARA CONTRATAR EL SERVICIO ELÉCTRICO
Nuestra cooperativa trabaja bajo la órbita de nuestro ente regulador OCEBA, haciendo cumplir cada una de sus reglamentaciones a través de un exhaustivo control de calidad y el asesoramiento personalizado a nuestros usuarios e instaladores. Para iniciar el proceso de contratación del servicio eléctrico se deberá:
1- Construir el pilar de luz respetando las especificaciones técnicas vigentes.
Recuerde que solo se permite una bajada de energía por lote, con excepción de los casos de Suministro Conjuntos autorizados previamente por la cooperativa en función de la reglamentación vigente de nuestro órgano de control. Si tiene dudas al respecto, infórmese llamando a la Administración.
Vea cómo debe construir el pilar de acuerdo a todos estos requisitos, en el archivo adjunto a continuación o solicítelos personalmente en nuestra sede:
De requerir un servicio trifásico, deberá presentar con anterioridad la planilla de “Solicitud y Reglamento para Servicio Trifásico Residencial” disponible a continuación:
SOLICITUD Y REGLAMENTO PARA SERVICIO TRIFASICO RESIDENCIAL
2- Una vez construido el pilar, puede solicitar la visita técnica del mismo brindando los datos catastrales (ubicación) de su propiedad.
Dicha inspección se puede solicitar personalmente en la sede de la cooperativa o telefónicamente llamando al (02323) 478-111/112. Toda inspección adicional a la primera visita técnica, tendrá un costo que se sumará al valor del convenio:
COSTO POR INSPECCION ADICIONAL DEL PILAR DE ACOMETIDA
3- Nuestro personal efectuará una comunicación telefónica para confirmar la aprobación del pilar. En tal caso y, de no existir observaciones, el propietario estará en condiciones de firmar el convenio en nuestra oficina presentando la siguiente documentación:
*ESCRITURA ORIGINAL Y FOTOCOPIA – o en su defecto, Boleto Compra Venta certificado por escribano público o con el sellado de ley bancario.
*FOTOCOPIA DE UN IMPUESTO INMOBILIARIO (ARBA)
*FOTOCOPIA DE UN IMPUESTO MUNICIPAL
*FOTOCOPIA DE DNI
*CERTIFICADO DE CONEXIÓN MUNICIPAL
*AUTORIZACIÓN A UN TERCERO, CON FIRMA DEL PROPIETARIO; SI ÉSTE ÚLTIMO NO PUEDE PRESENTARSE (CON DNI DE AMBOS)
*SE ABONA CARGO DE CONEXIÓN (SEGÚN ENCUADRE TARIFARIO VIGENTE)
*EN CASO DE SER INQUILINO SE REQUIERE ORIGINAL Y COPIA DEL CONTRATO DE ALQUILER CON FIRMAS CERTIFICADAS POR ESCRIBANO Y DEPÓSITOS EN GARANTÍA ($1.500,00 PARA USO RESIDENCIAL Y $2.500,00 PARA SERVICIO RURAL Ó COMERCIAL)
*SI ES EMPRESA DEBE PRESENTAR LA CONSTANCIA DE CUIT Y EL ACTA CONSTITUTIVA CON DISTRIBUCIÓN DE CARGOS. SI EL FIRMANTE ES APODERADO: PODER Y DNI.
– REGLAMENTOS DE SERVICIO –
SUBANEXO E. REGLAMENTO DE SUMINISTRO Y CONEXION nov 2018
SUBANEXO D. REGIMEN DE CALIDAD
RES. 52.00 SEGURIDAD EN INSTAL. ELECTRICAS DOMICILIARIAS
REGLAMENTO DE BOMBAS Y MOTORES
– TRAMITES ONLINE-
Sí sos Titular del servicio, descargá el formulario, completalo con firma al pie, y envialo a cepral@cepralnet.com.ar. Recibirás una respuesta de confirmación:
Formulario de Modificaciones de Datos de contacto
Formulario de Adhesión a Débito Automático
Solicitud recategorización E. Estacional residencial a E. Residencial
DDJJ uso del servicio residencial No comercial
PREGUNTAS FRECUENTES
¿CÓMO Y CUÁNDO DEBO HACER EL CAMBIO DE TITULARIDAD DEL SERVICIO?
De acuerdo al Reglamento de Servicio (Sub anexo E, ART. 1 e), el usuario es la persona que hace uso del servicio eléctrico y por lo tanto, deberá también ser el responsable de su titularidad. La concesionaria (CEPRAL) podrá exigir en todo momento la titularidad del servicio de acuerdo al marco regulatorio señalado: podrá intimar al usuario a efectuar la misma con un plazo de 10 (diez) días hábiles administrativos, caso contrario podrá proceder al levantamiento/corte definitivo del servicio. Si la propiedad fue vendida y el servicio continúa activo, el nuevo propietario deberá tramitar la titularidad presentando la siguiente documentación:
*ESCRITURA ORIGINAL Y FOTOCOPIA – o en su defecto, Boleto Compra Venta certificado por escribano público o con el sellado de ley bancario.
*FOTOCOPIA DE UN IMPUESTO INMOBILIARIO (ARBA)
*FOTOCOPIA DE UN IMPUESTO MUNICIPAL
*FOTOCOPIA DE DNI
*NOTA DE AUTORIZACIÓN A UN TERCERO, CON FIRMA DEL PROPIETARIO, SI ÉSTE ÚLTIMO NO PUEDE PRESENTARSE (CON DNI DE AMBOS). IMPORTANTE: EN LA NOTA DETALLE NOMBRE Y DNI DEL AUTORIZADO, SUS DATOS DE CONTACTO (TELÉFONOS + EMAIL) Y DIRECCIÓN DE ENVÍO DE FACTURA (A DONDE QUIERA RECIBIRLAS). RECUERDE QUE LA CUENTA DE LA UNIDAD DEBE ESTAR EN CERO, POR LO QUE EN CASO DE ADEUDAR UNA O MÁS FACTURAS, TENDRÁ QUE ABONARLAS EN EL MISMO ACTO.
*OTRO CASO: si el servicio se encontrara dado de baja, el nuevo propietario seguirá los pasos señalados más arriba para la contratación del servicio (abonando el cargo de conexión según cuadro tarifario vigente).
Cuando se trate de daños en artefactos y/o instalaciones, deberá iniciarse dentro de las 72 horas de ocurrido el hecho y su gestión se llevará a cabo mediante el procedimiento establecido en la Resolución OCEBA Nº 049/98 y sus modificatorias Resoluciones OCEBA N° 216/01 y N° 210/02. Tal resolución señala que se deberá completar un formulario de reclamo, disponible en la sede de la distribuidora (CEPRAL).
¿CÓMO SE REALIZA EL RECLAMO POR DAÑOS DE ARTEFACTOS Y/O INSTALACIONES?
Cuando se trate de daños en artefactos y/o instalaciones, deberá iniciarse dentro de las 72 horas de ocurrido el hecho, de manera presencial, y su gestión se llevará a cabo mediante el procedimiento establecido en la Resolución OCEBA Nº 049/98 y sus modificatorias Resoluciones OCEBA N° 216/01 y N° 210/02. Tal resolución señala que el Titular del servicio -exclusivamente- deberá completar un formulario de reclamo, disponible en la sede de la distribuidora (CEPRAL).
Recuerde que deberá tener su instalación eléctrica domiciliaria en las condiciones mínimas de seguridad, con protecciones diferenciales y el mantenimiento eléctrico adecuado, según lo establece el Reglamento de Servicio y normas vigentes.
El Organismo de Control de Electricidad de Buenos Aires O.C.E.B.A. fija las pautas, obligaciones y responsabilidades de las distribuidoras de energía, como así también de los usuarios y sus instalaciones internas.
Las instalaciones internas deben ajustarse a la “Reglamentación para la Ejecución de Instalaciones Eléctricas en Inmuebles” editado por la Asociación Electrónica Argentina (AEA – Posadas 1659 – CP. 1112 – Tel. 4804 1532 / 4804 3454 – CABA, www.aea.org.ar) bajo el número 90364.
CEPRAL no dará curso a reclamos por daños en artefactos u otros elementos de la instalación interna si la misma no cumple con los requisitos establecidos en la Reglamentación mencionada.
¿PUEDO VERIFICAR SI TENGO UNA PERDIDA DE ENERGIA? PRUEBA SENCILLA...
Apagar y desconectar todos los artefactos eléctricos que hay en la casa.
Bajar la llave térmica que se encuentra detrás del pilar.
Si el medidor es electromecánico común el mismo deberá detenerse. Ver bien porque hasta llegar a la posición de equilibrio suele dar media vuelta antes de detenerse totalmente.
Si el medidor es electrónico observar que el led indicador NO PARPADEE. Cuando un medidor electrónico registra consumo muestra un led generalmente de color rojo que parpadea continuamente, a mayor velocidad cuanto mayor es el consumo.
Si esto sucede significa que funciona correctamente.
UN CONSEJO…
Coloca un disyuntor diferencial con la correspondiente instalación de puesta a tierra en el pilar de bajada (junto a la llave térmica de corte) para que ante la ocurrencia de alguna perdida de energía por fallas en la instalación, el disyuntor actúe produciendo el corte de energía, lo que por un lado brindará protección a las personas no exponiéndolas a posibles descargas eléctricas, pero por otro lado nos señalará la presencia de una falla, la que podrá ser corregida antes que ocurra algún daño.